Impostergable, la reglamentación de la nueva Ley General de Turismo

Para celebrar el Bicentenario de la nación en materia turística, y el inicio de una nueva era para este sector, es fundamental que se concrete la reglamentación de la nueva Ley General de Turismo, donde se defina con claridad el papel de una Secretaría de Turismo renovada, y evitar que continúe siendo el “patito feo” de la Administración Pública Federal.

El turismo ha demostrado ser una industria dinámica que tiende a integrar las nuevas demandas de la sociedad, como lo son el respeto al medio ambiente, una oferta diversificada y la prestación de servicios de calidad, entre otras.

Por eso es urgente la publicación de las reglas que, a partir de la Ley General de Turismo, habrán de regir esta actividad, y así poder dar el segundo paso, que es la reunión de los actores que conforman al sector, a través del Consejo Consultivo que preside el Presidente Felipe Calderón Hinojosa, y sin autocomplacencias ni referencias a logros pasados, abordar temas referentes a los obstáculos que se interponen al desarrollo turístico, mismos que independientemente de la crisis económica, las secuelas de la emergencia sanitaria y la imagen de inseguridad del país, han hecho que desde 1994 México pierda posicionamiento en el ámbito internacional.

La Ley General de Turismo establece tanto las facultades como las obligaciones de cada orden de gobierno, buscando que a través de la coordinación con el sector privado y social, el turismo sea un detonador de desarrollo económico y social, en un ambiente de respeto y uso racional de los recursos naturales, históricos y culturales con los que cuenta nuestra nación.

A partir de la reforma del artículo 73 constitucional, aprobada el 21 de mayo de 2003 y publicada por el Ejecutivo Federal el 29 de septiembre del mismo año, en donde se otorga al Congreso de la Unión la facultad para expedir leyes en materia turística y establecer las bases generales de coordinación entre la Federación, entidades federativas y municipios, nace la necesidad del sector turístico de actualizar y hacer más eficiente el marco jurídico en la materia.

Fue así como la Comisión de Turismo de la LX Legislatura asumió la responsabilidad de elaborar las herramientas jurídicas necesarias para el crecimiento de la actividad turística en nuestro país, para lo cual consideraron las necesidades del sector, expresadas por los actores participantes: mayor coordinación de la SECTUR con otras dependencias, mejor planeación, eficiente promoción, operatividad con certeza jurídica e incentivos para prestadores de servicios turísticos y turistas, y establecimiento de objetivos, metas, acciones y resultados.

De lo anterior, se desprendieron los 3 ejes rectores de la Ley General de Turismo: sustentabilidad, coordinación de los órdenes de gobierno y competitividad.

Elementos prioritarios de la ley

1. El patrón turístico dominante en esta ley es la delimitación de la concurrencia y acciones de la Federación, entidades federativas y municipios, fortaleciendo la gestión entre éstos y haciéndola más eficaz a partir de la coordinación.

2. Otorga las bases legales para un mejor funcionamiento del sector, a través de una ejecución transversal de diversas Secretarías de Estado con la SECTUR Federal como: la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Economía, Seguridad Pública y Educación, entre otras, así como algunas instituciones como: CONACULTA, INAH, Profeco, Banobras y Nacional Financiera.

3. Delimita el papel de la renovada Comisión Ejecutiva de Turismo, la cual tiene por objeto conocer, atender y resolver los asuntos de naturaleza jurídica, relacionados con dos o más dependencias de la Administración Pública Federal; en esta participan las organizaciones sectoriales, instituciones de educación superior y representantes del sector social y privado con derecho a voz.

4. Establece los objetivos de los Consejos Consultivos tanto el Federal, como sus homónimos en las entidades federativas, los cuales son órganos de consulta de la SECTUR, y en los que participan entidades públicas, privadas y sociales.

5. Determina el cumplimiento de los requisitos indicados para cada establecimiento, como por ejemplo con la clasificación hotelera, en los términos de la ley y el reglamento, por parte de los prestadores de servicios turísticos.

6. Establece la elaboración de un Atlas Turístico operado por la SECTUR Federal, el cual será un registro de todos los recursos naturales y culturales que constituyen los atractivos turísticos del país.

7. La Planeación y el Programa Sectorial busca la racionalización sustentable de la riqueza turística para la generación de empleo, logrando con esto una mayor derrama económica y el beneficio de la población y el medio ambiente.

8. La política de Turismo Social será la vía para que todos los segmentos de la población reciban los beneficios del turismo; para este objetivo la SECTUR promoverá la suscripción de acuerdos con los prestadores de servicios turísticos.

9. Estos últimos también deberán proveer lo necesario para que las personas con discapacidad cuenten con accesibilidad a las instalaciones y servicios turísticos en condiciones adecuadas.

10. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno promoverán en la población, programas y actividades que difundan la cultura turística.

11. El Ordenamiento Turístico del territorio es una herramienta pública encargada de planear e inducir el uso del suelo turístico, evitando generar situaciones incompatibles con la población y el medio ambiente.

12. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno impulsarán la actividad turística en las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable, fomentando la inversión, el empleo y el ordenamiento territorial.

13. Determina que el Registro Nacional de Turismo es de carácter obligatorio, y tiene la finalidad de dar certidumbre jurídica a turistas y prestadores de servicios turísticos.

14. Promueve la diversificación de la actividad turística como un elemento que permite ofrecer atractivos distintos y por ende contar con más ventajas competitivas sustanciales para el país.

15. La Secretaría promueve la competitividad y profesionalización del sector, a través de la coordinación con la iniciativa privada y autoridades competentes.

16. Impulsa la ampliación y mejoramiento de la planta turística, promoviendo la creación e inversión en nuevos centros, en aquellos lugares que por sus características físicas y culturales representen un potencial turístico.

17. Establece de manera coercitiva los nuevos derechos y obligaciones tanto de los prestadores de servicios turísticos como de los turistas.

18. La Ley General de Turismo establece de manera concurrente con la Federación, las entidades federativas y los municipios, los aspectos operativos, en cuanto a verificaciones, sanciones y recursos de revisión a prestadores de servicios turísticos.

Fuente: CNT